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RECLAME SU HIPOTECA CON IRPH

RECLAME SU HIPOTECA CON IRPH
Una vez más el Tribunal de Justicia de la Unión Europea nos da la razón. Tras elevar una cuestión prejudicial un Juzgado de Primera Instancia de Barcelona en relación a la abusividad o no de la cláusula IRPH  -lo que provocó la paralización de los procedimientos judiciales hasta lectura de la Sentencia de dicha cuestión prejudicial- el pasado 3 de marzo de 2.020 dieron la razón a los consumidores en otra de las batallas abiertas contra los bancos. 
 
En Leandro Aracil & Asociados despacho de abogados en Alicante ya se están produciendo las primeras sentencias dictadas sobre esta materia tras el pronunciamiento TJUE. Son procedimientos promovidos por nuestros clientes contra entidades bancarias y que nos han dado la razón, declarando la nulidad de la cláusula del IRPH y sustituyéndola por el Euribor.
 
 
¿QUÉ ES EL IRPH? 
 
Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios o más conocido como IRPH es un índice que se utilizó mayoritariamente en Caja de Ahorros y que actualmente los tribunales están dando la razón al consumidor por la falta de transparencia en su inclusión, fundamentalmente por dos razones: la primera, se exige que el consumidor medio no solamente debe saber leer la cláusula sino que también se le debe explicar el funcionamiento de cálculo de dicho tipo de interés; la segunda, facilitar la evolución del índice de al menos dos años anteriores a la firma de constitución de hipoteca. 
 
 
¿QUÉ CANTIDAD DEVUELVEN? 
 
Una vez declarado el IRPH nulo, normalmente se estipula que el nuevo tipo de interés variable es el euribor. Para el cálculo de la devolución se calcula la diferencia entre lo cobrado por la entidad financiera y lo que debería de haber cobrado si fuera el Euribor. 
Para que se hagan una idea, en las dos últimas hipotecas en las que se ha reconocido la nulidad del IRPH a nuestros clientes,  han recibido aproximadamente la cantidad de unos 41.000,00 € y 19.400,00 € respectivamente. 
 
 
¿CÓMO RECLAMO?
 
Lo único que le pedimos es la escritura de la hipoteca que firmó en su día para revisarla y ver si hubiera o no alguna cláusula abusiva. En el caso de que no tenga nada que reclamar le devolveremos la hipoteca sin ningún coste. 
Debe tener en cuenta que su hipoteca no solamente puede tener IRPH, también otro tipo de cláusulas consideradas abusivas por nuestros tribunales como la suelo, imputación de todos los gastos al prestatario, etc.
 
 
¿Y SI MI BANCO ME LLAMA PARA ACUDIR A LA OFICINA?
 
Desde Leandro Aracil & Asociados despacho de abogados en Alicante recomendamos que NO HAGAN ACUERDOS CON LAS ENTIDADES FINANCIERAS. El único fin de las entidades es que el consumidor renuncie a acciones legales y además sin restituir las cantidades que han cobrado indebidas por el tipo de interés declarado nulo. En la mayoría de casos se limitan a eliminar la cláusula de IRPH sustituyéndola por un tipo de interés no muy favorable para el consumidor. Deben de saber que ESTO YA SE LO DA EL JUEZ (nulidad del IRPH) y por tanto, no es una negociación, es una manera de librarse la entidad de pagar al consumidor todo lo cobrado de más ya que con ese acuerdo reconoces no ejercitar acciones legales y que ya han sido satisfechas las partes en todo lo referente al IRPH u otras cláusulas que pudiera tener.
 
 

En Leandro Aracil & Asociados somos un despacho de abogados en Alicante que le revisamos su hipoteca sin ningún tipo de coste. No dude en consultarnos, no pierde nada por saber sus derechos y las acciones que puede realizar ante su entidad financiera. 

¿EN SITUACIÓN DE ESTADO DE ALARMA, PUEDO OTORGAR T...
¿SABE QUÉ ES LA LEGÍTIMA? ¿Y EN QUÉ CUANTÍA?






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